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El Derecho Sucesorio en Venezuela, ¿Qué es y cómo se aplica?

Actualizado: 14 ago 2023



Entendemos por derecho sucesoral al conjunto de normas jurídicas que regula la transmisión de bienes, activos y obligaciones de personas fallecidas a sus herederos. Es una forma de adquirir el bien patrimonial, la titularidad de la propiedad. Nuestro Código Civil Venezolano, lo expresa en los artículos que van desde el 807 al 1132, así como en la Ley de Impuesto sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos.


¿Cómo se aplica?

Primeramente nos debemos preguntar si el fallecido dejo algún testamento y a los posibles herederos por derecho. Lo primero que se tiene que tramitar es el certificado de defunción, para de esta manera poder dar comienzo a la transmisión del patrimonio heredado.


Los familiares del fallecido, tendrán 180 días para acudir al SENIAT, contados a partir del día siguiente del fallecimiento del propietario original de los bienes. Para este trámite se deberán llevar todos los documentos exigidos por ley que permitan comprobar el parentesco y derecho a heredar. Es importante tener en cuenta, que para proceder con la declaración sucesoral, todos los herederos deben estar inscritos ante el SENIAT, es decir, tener su RIF actualizado.


Existe diferentes tipos de sucesiones a saber:


1. Sucesión a título universal: cuando la totalidad de los bienes, acciones, obligaciones, títulos, derechos, deudas a los herederos. Se considera un régimen supletorio en caso de que el titular no deje testamento, o no haya disctribuido sus bienes en vida.


2. Sucesión a título particular: son aquellos actos jurídicos en donde la propiedad total de los bienes patrimoniales es transferido hacia una persona natural o jurídica por voluntad expresa del difunto. Cuando la persona que hereda no tiene vínculo familiar con el fallecido, se utiliza un testamento, entendiendose el proceso como un legado.


***Ambos tipos de sucesiones pueden darse en ciertos casos***


Importante tener en cuenta al momento de realizar una declaración sucesoral ante el SENIAT, lo siguiente:


  1. La Declaración Sucesoral debe ser gestionada por un abogado, quien deberá redactarla con basamento legal. El abogado es quien podrá decirle que documentos deberá consignar, para cumplir con las formas procesales correspondientes.

  2. Importante tener en cuenta que en caso de los abuelos fallezcan, y dejen herencia, y uno de los hijos mueres sin reclamarla, los hijos de este ultimo podrán reclamarla, por supuesto, si los nietos quieren reclamarla, deberán hacer la declaración sucesoral de los abuelos, si no la tienen en su poder, y luego la de sus padres, es decir, debe existir una declaración sucesoral por cada fallecido.


Para mayor información, no dude en contactarme.



Abogada María Alejandra Tuozzo

+58 424 409 8311







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