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Delitos contra la propiedad en el Derecho Penal Venezolano

Actualizado: 14 ago 2023

Los delitos contra la propiedad, están contemplado en nuestro Código Penal a partir del artículo 451 y siguientes. Dentro de estos hechos ilícitos se encuentran:


  • Capítulo I: Hurto

  • Capítulo II: Robo, extorsión y secuestro.

  • Capítulo III: Estafa y otros fraudes.

  • Capítulo IV: Apropiación indebida.

  • Capítulo V: Aprovechamiento de cosas provenientes de delito (receptación).

  • Capítulo VI: Usurpaciones.

  • Capítulo VII: Daños.

Sin embargo, muchos doctrinarios han clasificado a los delitos contra la propiedad desde diversos ángulos: Carmignani agrupa los delitos contra la propiedad en tres categorías: delitos contra los bienes inmuebles, delitos contra los bienes muebles y delitos contra las cosas semovientes. Grisanti señala que los delitos contra la propiedad pueden tener por objeto material, cosas muebles o semovientes (por ejemplo, el hurto). Otros delitos contra la propiedad pueden recaer sobre muebles, inmuebles y semovientes (por ejemplo la estafa, al igual que los daños). Por otra parte, los semovientes son cosas muebles. Carrara clasifica los delitos contra la propiedad según el fin perseguido por el culpable (causa para delinquir) y los divide en dos grupos: los que proceden de avidez de lucro y los que proceden de espíritu de venganza. Giuriati distingue dos clases de delitos contra la propiedad: los que ofenden prevalecientemente la propiedad mobiliaria (el hurto, la rapiña, la extorsión, el rescate, las trufas, las apropiaciones indebidas y la receptación) y los que ofenden prevalecientemente la propiedad inmobiliaria (las usurpaciones y los daños). Retomando los contemplado dentro de Código Penal Venezolano, tenemos entonces que no solamente se considera el derecho de propiedad, sino que además se considera la posesión, tenencia, el derecho real y la obligaciones que derivan de ello. Cuando nos referimos a la propiedad, estamos frente a un bien jurídico penalmente protegido, integrados por bienes susceptibles de valoración económica, los cuales pueden pertenecer a una persona natural o jurídica. Este tipo de delito, no solamente lesiona un derecho real, sino que demás vulnera derechos personales, como lo son la vida, la libertad, el honor, entre otros. Es de hacer notar, que no todos los delitos contra la propiedad están comprendidos en el Título X del Libro Segundo del Código Penal, sino que tendremos otros delitos contra la propiedad que están contemplados en otros artículos del precitado Código, como por ejemplo el peculado (art.194) y la concusión (art. 195). En el mismo orden de ideas, tenemos los delitos contra la cosa pública, las quiebras fraudulentas y culposas (art. 342, 343), los delitos contra la fe publica, los incendios y otros estragos (art.344 y siguientes), los delitos relativos al cheque (494 del Código de Comercio), la usura (Decreto Número 247, Ley sobre represión de la Usura). Muchos de los delitos contra la propiedad, forman parte de lo que se conoce como cifra negra, ya que muchos no son reportados a las autoridades. Por lo general son delitos que se cometen en parejas o grupos.


Abogada María Alejandra Tuozzo

+58 424 409 8311




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